8 de junio de 2015
La clase media surfea la recesión con las tarjetas de crédito
La buena parte de la sociedad busca en los plásticos una "tabla" para sostener su nivel de vida, "surfear" el escenario recesivo y la pérdida del poder de compra.
El consumo bajó, los comercios venden menos pero el financiamiento con plásticos no para de crecer. Por mes se movilizan $26.000 millones y en el primer cuatrimestre se registraron operaciones por $100.000 millones.
Las cuotas sin interés, que son un gran imán, ¿existen? La tasa que "no se ve"
La buena parte de la sociedad busca en los plásticos una "tabla" para sostener su nivel de vida, "surfear" el escenario recesivo y la pérdida del poder de compra.
"Pese al elevado costo, las personas apelan a las tarjetas para no tener que ajustar más su nivel de vida", apunta Andrés Méndez, de la consulta AMF.
¿Existen las cuotas sin interés?
Cada mes los argentinos financian compras con tarjeta por montos que llegan a los $26.000 millones.
Más aun, las operaciones del primer cuatrimestre acumularon un total de casi $100.000 millones.
Sin duda, el gancho a partir del cual se moviliza semejante cantidad de dinero son los pagos en cuotas.
Más aun si las mismas son sin interés, ya que posibilita que los mismos se vayan diluyendo con los futuros incrementos de salarios.
Es que el hecho de que el monto a pagar se mantenga constante, en medio de un contexto de alta inflación, genera una obvia atracción para aprovechar el "efecto licuación".
"Cuando en las tarjetas se dice que son cuotas sin interés, se suele agregar una aclaración chiquita en los avisos publicitarios que detalla que el costo financiero total (CFT) es de entre 3% y 5%", afirman Cecilia Boufflet y Virginia Porcella, autoras del libro "Economía con Tacos Altos".
"Eso quiere decir que, aunque no se cobre recargo por la compra, se va a tener que pagar un costo por el uso del plástico", agregan.
Es por ello que una forma de reducir esta erogación consiste en unificar los consumos y planes de pago en una sola tarjeta, para así evitar que los costos fijos se multipliquen.
¿Cuánto cuesta financiarse?
Un aspecto a tener presente es el alto gasto asociado a tarjetear y al hecho de no pagar la totalidad del resumen a fin de mes.
En estos casos, la tasa de interés anual (TNA) llega a ser el doble que la de un préstamo personal y el costo financiero total (CFT) puede elevarse a un 80% anual en el caso, incluso, de los bancos líderes.
Este tema no es menor. Desde las entidades bancarias advierten que la cantidad de personas que hoy día se ve imposibilitada de abonar la totalidad del resumen aumentó 30%, lo que las llevó a incrementar el mínimo para controlar un poco más la morosidad.
El mejor negocio que puede hacer quien dispone de un plástico es cancelar el 100% del saldo al vencimiento.
Esto, no sólo por el costo que implica financiar lo impago, sino también por el "efecto achique" en el límite disponible, frente a precios de bienes y servicios que no paran de subir.
Quienes eligen financiar una parte de su deuda deben tener en claro que el "numerito" que hay que mirar con atención es el CFT, que es el que incluye gastos administrativos y seguros.
En este punto, los puestos de liderazgo entre las entidades que cobran mayor recargo total son ocupados por Banco Columbia (122%), seguido por las firmas que ofrecen créditos "fáciles y rapiditos".
Pero estos elevados porcentajes no son patrimonio exclusivo de estas empresas, ya que la mayoría de los bancos lideres aplican cargos que llegan al 80%.
La tasa "que no se ve"
El concepto de "sin interés", al que tanto se apela en las publicidades, pierde validez si los comercios manejan beneficios o descuentos para pagos con débito o efectivo.
A modo de ejemplo, se da el caso de un producto cuyo precio con tarjeta es de $1.000, que se puede cancelar en tres cuotas y que se reduce a $900 si se abona al contado.
Una tercera opción es particionar el gasto a lo largo de un año, si el comercio está adherido al plan oficial Ahora 12.
"Un buen descuento le puede ganar a las cuotas. Pese a ello, la persona termina eligiendo esta última opción para mantenerse líquida o no perder la posibilidad de disponer de cash para otra alternativa", apunta el economista Mariano Otálora.
Si el producto tiene un descuento del 10% por pago al contado pero aun así se elige abonarlo con plástico, la tasa de interés asociada para la opción a doce meses es del 1,8% mensual y se eleva al 5,5% para la alternativa a tres meses.
Para calcular esos porcentuales, debe "descontarse" cada cuota a una tasa determinada de modo que la suma de todas ellas coincida con el precio en efectivo.
Si el descuento ofrecido es del 20% por pago en "cash", los cargos por financiamiento prácticamente se duplican (3,6% para la primera opción y 12% para la segunda).
Ese elevado costo financiero, que muchas veces "no se ve", hace que desde varias entidades de Defensa del Consumidor eleven sus voces para advertir sobre el verdadero costo implícito de una u otra elección.
Héctor Polino, de Consumidores Libres, señala que muchas propuestas se venden como tentadoras y convenientes aunque, en otros casos, de convenientes no tienen nada.
"El precio real es aquel que corresponde al del pago en efectivo. En realidad, el de lista no es otra cosa que un recargo encubierto", apunta.
Lo que conviene vs. lo que se puede
En general, el interesado en adquirir un producto en cuotas con recargo no repara tanto en la tasa implícita asociada al "cuoteo" (que puede ser muy alta) sino en cuántos pesos de más abonará.
"Su elección dependerá también de lo caro que resulte el producto y de si está en condiciones de desembolsar todo el efectivo", apunta Méndez.
En otras palabras, la opción del financiamiento puede no ser la más conveniente para el particular pero sí la única que le permite hacerse del artículo.
Con tasas de interés tan elevadas, la pregunta es por qué se recurre tanto a la tarjeta.
Por un lado, subyace la idea de que al repartirse el pago total en varias mensualidades, no incide tanto en el presupuesto.
Si bien esto es verdad, también lo es que elegir el cuoteo resta capacidad de compra futura y obliga al usuario a tener que cancelar todo el saldo.
Además, pagar sólo una parte del resumen anula el descuento ofrecido por el comercio, que es lo que en principio indujo a la persona a adquirir un producto.
Esto es así ya que esa rebaja se ve ampliamente superada por el costo financiero total que cobra el banco.
Por otro lado, el "efecto licuación" induce muchas veces a pensar que los pagos mensuales van perdiendo relevancia con el paso del tiempo.
Esta última afirmación tiene dos caras. Es cierto que si se mira la suba general de precios, no es lo mismo el poder de compra que tiene hoy un billete de $100 que el que tendrá dentro de unos meses.
Pero también es verdad que lo que cuenta es la evolución del salario y no tanto el índice inflacionario.
Así las cosas, el peso de las cuotas solamente se aliviará cuando se produzca una mejora remunerativa, para luego mantenerse sin variante hasta el próximo retoque.
En el caso de un crédito tomado a corto plazo, el pago mensual en proporción al salario no decaerá hasta la próxima suba y, en este sentido, conviene recordar que los ingresos se incrementan una o dos veces al año y no todos los meses.
Es este último punto el que a la larga genera complicaciones para quienes mantienen deudas con varias tarjetas de crédito.
Un factor clave que viene inclinado la balanza a favor del tarjeteo es el riesgo asociado a trasladarse con dinero en efectivo, tanto por razones de seguridad como por la incomodidad de tener que contar con más billetes de $100 con los que cada vez se puede comprar menos.
¿Qué dice la legislación?
En su artículo 37, la Ley de tarjetas de crédito que lleva el número 25.065, especifica que el comercio está obligado a no efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado y con tarjeta.
Puede cobrar intereses para pagos con plásticos, pero deben constar en el precio final.
En tanto, la Ley 5.008 de la Ciudad de Buenos Aires establece la obligación de no efectuar diferencias de precio entre operaciones abonadas con cash y con plástico, salvo que resulte favorable para el usuario.
La normativa aclara que el valor, más allá de tener que ser expresado en moneda de curso legal, debe corresponder al importe total y final que deberá abonar el consumidor.
"Normalmente, el precio de lista corresponde a los pagos en cuotas y el de contado se aplica a cancelaciones en efectivo o débito", concluye Méndez.
Fuente:Agencias de Economía y Mercado Financiero
COMPARTIR:
Comentarios
Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno!